El 14 de abril de 2000 la Comisión aprobó
unas directrices destinadas a los Estados miembros para la nueva iniciativa
comunitaria para el desarrollo rural, denominada Leader+, una de las
cuatro iniciativas comunitarias aplicadas en virtud de los Fondos
Estructurales para el periodo de 2000-2006.
Las cuatro iniciativas recibirán una asignación global
del 5,35% de los créditos de los Fondos Estructurales para
el periodo de 2000-2006. La contribución comunitaria total
a Leader+ durante este periodo será de 2 020 millones de euros,
financiados por la sección de Orientación del FEOGA.
Como su nombre indica, Leader+ no será un mera continuación
de la iniciativa Leader II existente, sino una iniciativa más
ambiciosa destinada a fomentar y apoyar estrategias integradas ambiciosas
y de gran calidad para el desarrollo rural a escala local. También
hará mucho hincapié en la cooperación y la conexión
en red entre zonas rurales. Todas las zonas rurales de la UE, en principio,
podrán optar a las ayudas de Leader+.
Número de grupos integrados en los programas regionales,
por CC.AA y financiación (Millones de €)
| Comunidad Autónoma
|
Grupos en Funcionamiento |
Gasto público |
Subvención
comunitaria |
|
OBJETIVO 1
|
| Andalucía |
22 |
129,71 |
85,50 |
| Asturias |
4 |
25,65 |
17,10 |
| Canarias |
7 |
22,9 |
15,30 |
| Castilla La Mancha |
13 |
82,19 |
54,00 |
| Castilla y León |
17 |
100,49 |
69,00 |
| Comunidad Valenciana |
8 |
45,00 |
30,00 |
| Extremadura |
10 |
48,00 |
32,00 |
| Galicia |
16 |
81,75
|
54,50 |
| Murcia |
4 |
17,85 |
11,90 |
|
EN TRANSICIÓN
|
| Cantabria |
2 |
13,43 |
9,00 |
|
FUERA OBJETIVO 1
|
| Aragón |
11 |
13,43 |
38,00 |
| Baleares |
3 |
9,20 |
4,60 |
| Cataluña |
12 |
50,00 |
25,00 |
| Madrid |
3 |
12,60 |
6,30 |
| Navarra |
4 |
17,00 |
8,50 |
| La Rioja |
2 |
11,20 |
5,60 |
| País Vasco |
1 |
11,92 |
6,00 |
|
|
El objetivo genérico de LEADER + es incitar
y ayudar a los agentes del mundo rural a reflexionar sobre el potencial
de su territorio en una perspectiva a más largo plazo.
Sus objetivos adicionales son la experimentación de nuevas
formas de valoración del patrimonio natural y cultural, la
mejora del entorno económico a fin de contribuir a la creación
de empleo, y la mejora de la capacidad de organización de las
respectivas comunidades rurales.
Podemos resumir las novedades que supone esta nueva Iniciativa en
los siguientes puntos:
- En los órganos de decisión de los Grupos de Acción
Local, los agentes económicos y las asociaciones deben
representar, como mínimo, el 50% de los agentes locales.
- La prioridad hacia estrategias que tengan como objeto un incremento
de oportunidades de empleo y de las actividades de los grupos
objetivos: mujeres y jóvenes.
- La posibilidad de realizar proyectos de cooperación interterritorial,
dentro de un Estado miembro, con territorios LEADER+ , así
como con grupos LEADER I, LEADER II u otro tipo de programas rurales,
como los PRODER.
- La cooperación transnacional se amplía a grupos
organizados con arreglo a las pautas LEADER en países terceros
no pertenecientes a la UE.
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| QUÉ ES EL MÉTODO LEADER |
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Se ha hablado de LEADER como método y filosofía
de trabajo.
Las dos iniciativas precedentes de LEADER han dado como resultado,
no sólo subvencionar programas de desarrollo rural comarcales,
sino el inicio de una nueva metodología de trabajo en los procesos
de Desarrollo Rural.
Los rasgos propios del método LEADER, denominados especificidades,
son siete. Estas especificidades, que han quedado definidas durante
LEADER II, son los aspectos concretos que lo han caracterizado desde
su inicio en 1991 y que han contribuido a formar su enfoque novedoso
y a lograr el éxito en contextos rurales muy diferentes entre
sí:
- El Enfoque Territorial a la hora de definir la política
de desarrollo, lo que supone basarse en los recursos particulares
de cada comarca con el fin de responder mejor a las necesidades
locales.
- El Enfoque Ascendente lo que significa que en todas las
fases del programa las búsquedas de soluciones y las decisiones
parten desde abajo hacia arriba. Se trata de implicar a los agentes
locales, teniendo en cuenta al mismo tiempo las realidades propias
de cada territorio, con el fin de fomentar la participación
de la población.
- El Grupo de Acción Local (o partenariado local)
como forma de cooperación horizontal donde se agrupan en
calidad de socios agentes e instituciones locales y comarcales
representativos. El fin es identificar una estrategia común
y acciones innovadoras necesarias para luego aplicar estas decisiones
y gestionar las subvenciones procedentes de los fondos públicos
con autonomía local.
- La Innovación, es decir, el carácter innovador
de las acciones promovidas por los beneficiarios finales, de manera
que aporten un valor añadido respecto a otras intervenciones
en la comarca. Se trata por tanto de buscar nuevas soluciones
a problemas a las que además se les pide transferibilidad
hacia otras zonas.
- El Enfoque integral y multisectorial que supone contemplar
conjuntamente las potencialidades de los diferentes sectores de
la economía, la sociedad, y los recursos locales. El enfoque
tiene influencia sobre las acciones realizadas, así como
sobre los resultados previstos y el impacto, en la medida que
favorece aglutinamientos y sinergias.
- Las Modalidades de gestión y financiación (descentralización financiera). En la aplicación
del programa es siempre el propio grupo de acción local
quién decide qué promotores de proyectos son los
beneficiarios finales de la subvención. Ello influye en
la flexibilidad del programa a lo largo de todo el período
de realización y en el tipo de proyectos subvencionados.
- La Organización en Red y la Cooperación Transnacional.
Se trata de comunicar con otros grupos experiencias y resultados,
intercambiar conocimientos y asociarse en proyectos comunes con
grupos de otros países. El trabajo en red y la cooperación
transnacional influyen sobre las relaciones entre el nivel local
y el mundo exterior en el flujo de información, conocimientos
e inicio de acciones conjuntas. La cooperación transnacional
es un acuerdo más formal y estructurado que los intercambios
realizados en el marco de la puesta en red.
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| CONVOCATORIA DE AYUDAS |
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Aquí encontrarás la legislación
básica aplicable a la Iniciativa Comunitaria LEADER +
Legislación Comunitaria:
Comunicación de la Comisión a los Estados Miembros por
la que se fijan orientaciones sobre la iniciativa de desarrollo rural
LEADER + (2000/C 139/05)
Régimen de ayudas para la aplicación de la Iniciativa
Comunitaria LEADER + (Decisión nºC(2001)1245, de 18 de
mayo)
Legislación Nacional:
Real Decrero 2/2002 de 11 de enero por el que se regula la aplicación
de la Iniciativa Comunitaria LEADER PLUS (B.O.E. nº 11 de 12
de enero de 2002)
Legislación Autonómica:
Orden de 1 de octubre de 2001 por la que se regula la convocatoria
pública para la selección de Programas de Desarrollo
Rural (D.O.E. nº 118 de 11 de octubre)
Orden de 27 de diciembre de 200, por la que se resuelve la convocatoria
para la selección de los Grupos de Acción Local(D.O.E.
nº 1 de 3 de enero de 2002) |
| PROYECTOS APROBADOS |
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